13 agosto, 2026
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La autoridad de control sanitario oficializó el cambio de condición para diversos principios activos que se comercializan en las farmacias argentinas. La disposición técnica gubernamental establece que estas especialidades medicinales dejarán de contar con coberturas y descuentos por obras sociales.

La resolución publicada en el Boletín Oficial contempla fármacos de uso oral, oftálmico y tópico que registran una vasta trayectoria de seguridad demostrada. Esta modificación del esquema comercial alcanza a tratamientos habituales para las alergias, problemas digestivos, afecciones oculares y afecciones cutáneas generales.

Los diez productos incluidos en la medida sanitaria son:

  • Trimebutina maleato en comprimidos para la digestión.
  • Levocetirizina diclorhidrato y Fexofenadina clorhidrato en solución oral para alergias.
  • Dimenhidrinato en cápsulas para los mareos.
  • Nafazolina con feniramina y Olopatadina en gotas para la conjuntivitis.
  • Carboximetilcisteína en jarabe para la tos.
  • Cloruro de aluminio en loción para el sudor.
  • Asociación de carbonato de calcio, árnica y nitrato de plata en polvo.
  • Ivermectina únicamente en loción de uso tópico para la piel.

Los laboratorios y farmacias dispondrán de plazos específicos para adecuar los envases, folletos explicativos e información dirigida a los consumidores locales. De esta manera las autoridades buscan promover la responsabilidad en la automedicación garantizando prospectos con explicaciones claras sobre la posología correspondiente.

La actualización del vademécum nacional representa una transformación sustancial en la comercialización de insumos básicos para la salud ciudadana. La aplicación del nuevo reglamento entrará en vigencia inmediata para todas las marcas comerciales que cumplan con la concentración establecida.

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